jueves, 31 de mayo de 2018

Centro Educativo Nayahue

También les compartimos el PEI 2018/2019 del Centro Educativo Nayahue ya que contiene información que consideramos útil para proyectar visitas educativas o viajes de estudio.

Aprender de las Escuelas - Herramientas para directivos y docentes

Manual de Educación Inclusiva

Resolución Nº 1256/17 del CPE (INCLUSIÓN)

Esta Resolución Provincial adhiere a los términos establecidos en la Resolución CFE Nº 311/16 y a la Resolución Nº 2509/17 del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, y corresponde a la Guía de Orientación para la aplicación de la Resolución CFE Nº 311/16, en relación a la educación de las personas con discapacidad.


martes, 29 de mayo de 2018

Resolución Nº 2509/17 Ministerio de Educación y Deportes

Ante algunas inquietudes sobre el tema INCLUSIÓN, les compartiremos diferentes materiales.

Aquí va la transcripción de la Resolución Nº 2509/17, del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación que corresponde a la Guía de Orientación para la Aplicación de la Resolución CFE Nº 311/16. Ésta y otras normativas similares las pueden ver y descargar de: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/cf_resoluciones.html

En otro post, compartiremos la Resolución Nº 1256/17 del Consejo Provincial de Educación de Nqn, que adhiere a los términos establecidos en las mencionadas con anterioridad.

Esperamos les resulte de utilidad.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución Nº 2509/17

VISTO

El Expediente Nº EX 2017-8408309-APN-DNGE#ME, la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley N° 27.044, la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311 de fecha 15 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de jerarquía constitucional en virtud de la Ley N° 27.044, en su artículo 24, establece que los Estados Partes reconocen entre otros, los derechos de las personas con discapacidad a la educación, comprometiéndose a asegurar un sistema de educación inclusivo a todos los niveles.

Que el cuidado de la trayectoria escolar de los/as estudiantes con discapacidad implica tomar decisiones con respecto a las estrategias de enseñanza como también evaluar, acreditar, promover y certificar los aprendizajes, teniendo en cuenta el paradigma del modelo social de la discapacidad, las barreras que impiden el acceso al aprendizaje y la participación, respetando el principio de no discriminación.

Que según el artículo 45 de la Ley de Educación Nacional corresponde a este Ministerio, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, crear las instancias institucionales y técnicas necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de los/as alumnos/as con discapacidades en todos los niveles de la enseñanza obligatoria, así como también las normas que regirán los procesos de evaluación y certificación escolar.

Que asimismo dicha ley reconoce el derecho de los alumnos/as a “ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto” (artículo 126, inciso e).

Que en ese marco la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311/16 aprobó el documento “PROMOCIÓN, ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD”, el cual tiene como objetivo propiciar condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad.

Que por otra parte, el “MARCO NACIONAL DE INTEGRACIÓN DE LOS APRENDIZAJES: HACIA EL DESARROLLO DE CAPACIDADES” generado en el año 2016 por la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, en acuerdo con las jurisdicciones plantea el desarrollo de capacidades como prioridad de política curricular nacional.

Que asimismo, la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N°285/16 ha aprobado el PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL 2016-2021 “ARGENTINA ENSEÑA Y APRENDE” que tiene el objetivo de mejorar los aprendizajes para el desarrollo integral de los/as estudiantes en todos los niveles y modalidades educativos, previendo entre sus líneas de acción el desarrollo de capacidades.

Que en virtud de todo lo expuesto se requiere profundizar sobre los procedimientos para la promoción, acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el documento “GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311 de fecha 15 de diciembre de 2016", que como Anexo I (IF-2017-08415809-APN-DNGE#ME).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, notifíquese a los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION y cumplido, archívese.


ANEXO I
“Guía de orientación para la aplicación de la Resolución CFE N°311/16”

A.      Introducción

Este documento tiene como propósito profundizar sobre los procesos de inclusión escolar a partir de la aprobación de la Resolución CFE N°311/16 por parte del Consejo Federal de Educación, la cual establece los criterios de promoción, acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad. Con tal fin, se pretende brindar una orientación sobre la implementación de esta normativa a la comunidad educativa en general.
Partiendo del marco normativo nacional e internacional vigente, que promueve políticas públicas relacionadas con la discapacidad desde el modelo social, se establece la necesidad de profundizar la cultura escolar inclusiva en nuestro Sistema Educativo. Por ello se ha propuesto avanzar en su conformación, garantizando una educación para todos y cada uno de los estudiantes con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás: “Esta dimensión se relaciona con la creación de una comunidad escolar segura, acogedora, colaborativa y estimulante, en la que cada uno es valorado, lo cual es la base fundamental primordial para que todo el alumnado tenga mayores niveles de logro.”
La promoción de tales políticas educativas por parte del Ministerio Nacional conjuntamente con los 24 ministerios jurisdiccionales, implica el compromiso en establecer valores inclusivos para construir una comunidad educativa inclusiva, respetando el derecho a una misma educación para todos. En tal proyecto, se propone el “desarrollo de valores inclusivos, compartidos por todo el personal de la escuela, los estudiantes, los miembros del consejo escolar y las familias, que se transmitan a todos los nuevos miembros de la comunidad escolar. Los principios que se derivan de esta cultura escolar son los que guían las decisiones que se concretan en las políticas escolares de cada escuela y en su quehacer diario, para apoyar el aprendizaje de todos a través de un proceso continuo de innovación y desarrollo de la escuela.”
Es objetivo de esta normativa la promoción de culturas escolares inclusivas en todas las escuelas de nuestro Sistema Educativo, mediante la corresponsabilidad entre niveles y la modalidad de educación especial para generar la inclusión educativa de todos los estudiantes con discapacidad; para ello, la presente guía promueve la conformación de herramientas e instrumentos de evaluación, seguimiento y documentación en las trayectorias escolares de los estudiantes con discapacidad: “Las escuelas inclusivas valoran la participación. Reciben a todos los niños y las niñas de la comunidad y asumen el compromiso de enseñarles a todos y todas. Escuchan a las familias y tratan de acercarse a ellas para que participen de la vida de la escuela. El derecho a la participación debe practicarse en una escuela que quiere construirse sobre la base de una filosofía inclusiva. La escuela inclusiva es una escuela que fomenta la participación.” 

EJES CENTRALES
1. Modelo social de la discapacidad. La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
2. Derecho de las personas con discapacidad a una educación para toda la vida. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida.
3. Garantizar el acceso, permanencia y egreso de las personas con discapacidad a nuestro Sistema Educativo, “asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades”.
4. Garantizar el cuidado de la trayectoria escolar de los estudiantes con discapacidad brindando herramientas, saberes específicos, configuraciones de apoyo y ajustes razonables para favorecer la inclusión, en igualdad de condiciones con los demás y sin discriminación.
5. Profundizar la construcción de cultura inclusiva en todos los establecimientos educativos del país, en los diferentes niveles y modalidades. La educación inclusiva es la manera más adecuada para garantizar la universalidad y la no discriminación en el derecho a la educación de todas las personas. La Resolución CFE N°311/16 abre nuevos caminos hacia la consolidación de una educación inclusiva, que garantice equidad en las trayectorias educativas de todos los estudiantes.  

B.      Conceptos clave para la lectura de la Guía
 
·         Inclusión de los estudiantes con discapacidad al Sistema Educativo. Se destaca la importancia de propiciar las condiciones para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los estudiantes con discapacidad, como así también la corresponsabilidad entre niveles y modalidades. “Teniendo en cuenta que la inclusión de los alumnos con discapacidad es responsabilidad de todo el Sistema Educativo, de cada uno de sus Niveles y modalidades y de cada uno de los profesionales que pertenecen al mismo, es necesario profundizar acuerdos respecto de la interpretación de los conceptos de integración e inclusión repensándose en las prácticas escolares, construyendo alternativas que respeten las diferencias individuales, que hagan habitable la escuela para todos”

·         Proyecto Educativo Institucional (PEI). El mismo debe incluir en sus ejes una mirada pedagógica que propicie actividades de promoción de la cultura escolar inclusiva, incluyendo a todos sus actores, asista o no a esa institución un estudiante con discapacidad. 

·         Proceso de inclusión. Se establece la necesidad de contar con un Proyecto Pedagógico Individual (PPI) para la inclusión de los estudiantes con discapacidad.

·         Evaluación. Se plantea valorar los saberes adquiridos, la participación con el grupo de pares, las propuestas de enseñanza, la incidencia de las barreras institucionales, culturales y didácticas, al acceso a la participación, la comunicación y el aprendizaje, como así también los apoyos recibidos.

·         Promoción de un tramo a otro. Se sugiere realizar el análisis de las distintas variables involucradas en la propuesta escolar de la trayectoria de los estudiantes con discapacidad, tales como el contexto, las propuestas de enseñanza, configuraciones de apoyo implementadas, interacción entre pares, edad, entre otras. 

·         Certificación del Nivel secundario. Se plantea que el certificado lo otorga la institución en la que el estudiante cursa su último año de estudio y brinda terminalidad de nivel, incluyendo en el analítico las competencias, saberes, contenidos y capacidades desarrolladas en función del PPI. El mismo habilitará al mundo del trabajo y posibilitará definir nuevas alternativas educativas para su formación a lo largo de toda la vida.

·         Modalidad de Educación Técnico Profesional. En caso que el estudiante no alcance la totalidad de las capacidades profesionales correspondientes a un título de esta  Modalidad, se acreditará en su analítico la trayectoria recorrida, siendo dicha certificación no habilitante para el ejercicio profesional, según la responsabilidad civil que la titulación conlleva. Esta restricción se establece en las especialidades que comprometen o ponen en riesgo la salud y seguridad, tanto del egresado como de terceros, dado que el título de técnico de por sí, habilita directamente a matricularse en los Consejos profesionales y al ejercicio profesional. Dicha titulación se enmarcará en la Resolución CFE N° 311/16.

·         Certificación Educación Integral para Adolescentes y Jóvenes. La trayectoria escolar de los estudiantes con discapacidad deberá ser acreditada mediante un instrumento formal de evaluación y certificación del año/ciclo correspondiente en función del diseño y propuesta jurisdiccional, teniendo la posibilidad de incluirse en el mundo del trabajo y definir nuevas alternativas educativas, en articulación con otras modalidades y niveles.  

C.      Proyecto Pedagógico Individual (PPI)
Criterios de construcción 
 La accesibilidad curricular supone analizar las barreras al aprendizaje y todas las variables que intervienen en su conformación, así como valorar conjuntamente sus necesidades para tomar, en función de ellas, las decisiones más pertinentes sobre los apoyos requeridos. Esto conformará el “Proyecto Pedagógico Individual” del estudiante que contendrá fundamentalmente modificaciones de los entornos (en su sentido amplio) necesarias para garantizar su accesibilidad curricular y una descripción pormenorizada del particular modo de aprender, potencialidades y limitaciones, intereses y expectativas, procesos evaluativos que se llevarán a cabo, criterios que se tendrán en cuenta para la acreditación y certificación. 
Los criterios de construcción del mismo se encuentran en el Anexo ll de la Resolución. Son ejes prioritarios a considerar, según corresponda. 
El eje principal para tener en cuenta es la trayectoria escolar del estudiante con discapacidad dentro del Sistema Educativo y la movilidad que esto implica cuando se tienen en cuenta sus necesidades, buscando siempre la mejor opción en cada momento. Para esto, es fundamental la articulación entre los niveles y la Modalidad de Educación Especial, cuando así se requiera, como así también los aportes de la familia y los equipos, tanto dentro como fuera del S.E. En el Proyecto se consignarán también los acuerdos entre las instituciones partícipes, con su familia y con el estudiante para sostener el itinerario educativo que se habrá de realizar, considerando que la trayectoria educativa integral siempre ha de ser trazada para y con cada estudiante. Estos acuerdos también deben ser documentados.
Se destaca la importancia del trabajo en articulación del docente del Nivel y del docente de la Modalidad de Educación Especial. Este último tiene como objetivo acompañar al estudiante en el lugar en el que esté transitando su escolaridad.  En lo que respecta a clarificar los roles de la pareja pedagógica, el docente del nivel posee el saber del área curricular del Nivel y el docente de Educación Especial posee el saber referido a las configuraciones de apoyo que se requieren según las particularidades del estudiante con discapacidad, a quien está acompañando en ese determinado momento, en cuanto a su manera de acceder al aprendizaje. En este sentido, sus aportes deben ser complementarios.
Se señala además que el PPI es un proyecto individual fundamentado en las particularidades del estudiante, el cual deberá ser revisado sistemáticamente para realizar los ajustes necesarios según las evaluaciones periódicas que se realicen, en concordancia con el Proyecto Institucional. 

D.      Certificado analítico

Desarrollo de capacidades a incorporar en el certificado analítico para estudiantes con PPI en escuelas secundarias 
Resulta necesario definir las capacidades a considerar en el certificado analítico de aquellos estudiantes que realicen su trayectoria escolar con un PPI en una escuela secundaria. Para ello se tomaron como base los aportes remitidos por cada jurisdicción y el Documento “Marco nacional de integración de los aprendizajes: hacia un desarrollo de capacidades” generado por la Dirección Nacional de Coordinación Pedagógica, Secretaría de Innovación y Calidad educativa del año 2016. 
Estas capacidades serán las que se expresen en el analítico de los estudiantes que reciban su certificación y titulación en el marco de la Resolución 311/16 CFE y, en un futuro, es objetivo de este Ministerio propender las acciones necesarias para que los lineamientos que figuran en este apartado, se efectivicen en el conjunto de las trayectorias educativas de todos los/as estudiantes del Sistema Educativo de nivel primario y secundario del país, en el marco de las acciones que vienen desarrollando las áreas de incumbencia de este Ministerio Nacional, en acuerdo federal. 
Las mismas permitirán valorar los saberes adquiridos, la participación junto al grupo de pares, la comunicación y habilidades alcanzadas en la escuela secundaria, en función del PPI. Esta trayectoria tiene como objetivo brindar al estudiante la habilitación al mundo del trabajo, como así también la posibilidad de definir nuevas alternativas educativas para su formación a lo largo de toda la vida.
La evaluación de los contenidos incluidos en el PPI de los estudiantes con discapacidad que figuren en el analítico, la llevará a cabo el/los docente/s del nivel secundario y el docente de la modalidad, que estén a cargo de la enseñanza. Estos, en caso de requerirlo, contarán con el apoyo y acompañamiento de los equipos técnicos educativos así como del equipo directivo y supervisores/inspectores.
Sobre este punto, se considera pertinente señalar que la Resolución CFE N° 311/16 establece que el PPI se reflejará en el analítico, es decir que éste describirá la trayectoria educativa del estudiante con discapacidad.  
Las capacidades son un conjunto de habilidades que se plantean con la finalidad de favorecer la trayectoria educativa de los estudiantes con PPI, promoviendo su constitución como ciudadanos a través de la inclusión. 
Capacidades
Las capacidades hacen referencia, en sentido amplio, a un conjunto de modos de pensar, actuar y relacionarse que los estudiantes deben tener oportunidad de desarrollar progresivamente a lo largo de su escolaridad, puesto que se consideran relevantes para manejar las situaciones complejas de la vida cotidiana, en cada contexto y momento particular de la vida de las personas.
A continuación, se presenta un conjunto de capacidades consensuadas entre el Ministerio de Educación y Deportes de la Nación y equipos de los Ministerios provinciales en el ámbito de la Red Federal para la mejora de los aprendizajes, en preparación de su aprobación por el Consejo Federal de Educación. 
Dichas capacidades se consolidan al interior de cada PPI de los estudiantes con discapacidad a partir de Resolución CFE N° 311/16, generando un entramado de estrategias, ajustes, instancias de seguimiento y evaluación sistematizadas, entre otras.
Resolución de Problemas: es la capacidad de enfrentar situaciones y tareas que presentan un problema o desafío para el sujeto respecto a sus saberes y sus intereses. Implica movilizar conocimientos disponibles, reconocer aquellos que no están disponibles pero son necesarios y elaborar posibles soluciones, asumiendo que los problemas no tienen siempre una respuesta fija o determinada que debe necesariamente alcanzarse. Se vincula con la creatividad, la comprensión, el pensamiento crítico, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: la autodirección11, habilidades relacionadas con el uso de software educativo y TIC, entre otras. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante.
Pensamiento crítico: es la capacidad de adoptar una postura propia y fundada respecto de una problemática o situación determinada relevante a nivel personal y/o social. Supone analizar e interpretar datos, evidencias y argumentos, para construir juicios razonados y tomar decisiones consecuentes. También implica valorar la diversidad, atender y respetar las posiciones de otros, reconociendo sus argumentos. Se vincula con la comprensión, la apertura a lo diferente, la comunicación, la creatividad, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: expresar lo que siente y piensa, expresar preferencias y necesidades, habilidades para el desempeño laboral, compromiso y responsabilidad con lo emprendido entre otras. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante.
Aprender a aprender: es la capacidad de iniciar, organizar y sostener el propio aprendizaje. Implica conocer y comprender las necesidades personales de aprendizaje, formular objetivos de aprendizaje, organizar y movilizar de manera sostenida el esfuerzo y los recursos para alcanzarlos y evaluar el progreso hacia las metas propuestas, asumiendo los errores como parte del proceso. Se vincula con la motivación personal, la iniciativa, la apertura hacia lo diferente, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: toma de decisiones, habilidades académicas funcionales relacionadas con los aprendizajes escolares, entre otros. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante.
Trabajo con otros: es la capacidad de interactuar, relacionarse y trabajar con otros de manera adecuada a la circunstancia y a los propósitos comunes que se pretenden alcanzar. Implica reconocer y valorar al otro en tanto diferente, escuchar sus ideas y compartir las propias con respeto y tolerancia. Se vincula con la resolución de problemas, la comunicación, el compromiso, la empatía, la apertura hacia lo diferente, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: la relación con los pares, la relación con otros adultos, la interacción con la comunidad, el trabajo colaborativo, entre otros. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante.
Comunicación: es la capacidad de escuchar, comprender y expresar conceptos, pensamientos, sentimientos, deseos, hechos y opiniones. Se trata de un proceso activo, intencional y significativo que se desarrolla en un contexto de interacción social. Supone, por un lado, la posibilidad de seleccionar, procesar y analizar críticamente información obtenida de distintas fuentes -orales, no verbales (gestuales, visuales) o escritas- y en variados soportes, poniendo en relación conceptos e ideas nuevas con conocimientos previos para interpretar un contexto o situación particular, con posibilidades de extraer conclusiones y transferirlas a otros ámbitos. Por el otro, supone la capacidad de expresar las propias ideas o sentimientos, y de producir información referida a hechos o conceptos, de manera oral, no verbal o escrita, a través de diferentes medios y soportes (digitales y analógicos tradicionales), atendiendo al propósito y a la situación comunicativa. Se vincula con la comprensión, la apertura a lo diferente, el trabajo con otros, el pensamiento crítico, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: el uso de sistemas aumentativos/alternativos; uso de tecnologías de apoyo; habilidades comunicativas para comprender y transmitir información; entre otras. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante. 
Compromiso y responsabilidad: es la capacidad de comprometerse, analizar las implicancias de las propias acciones, e intervenir de manera responsable para contribuir al bienestar de uno mismo y de los otros. Involucra el cuidado físico y emocional de sí mismo, y el reconocimiento de las necesidades y posibilidades para la construcción de una experiencia vital saludable y placentera. En relación a los otros, refiere a la responsabilidad por el cuidado de las personas, tanto como de la comunidad, el espacio público, el ambiente. Implica asumir a una mirada atenta y comprometida con la realidad local y global, y con el presente y las generaciones futuras. Se vincula con la empatía, la apertura a lo diferente, el pensamiento crítico, la comunicación, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: la confianza en sí mismo, la iniciativa, la toma de decisiones, entre otros. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI para el estudiante. 

Evaluación y calificación 
La evaluación y calificación de los estudiantes que cursan con PPI, deben estar en concordancia con el mismo. 
Luego de evaluar las capacidades anteriormente descriptas, se consignará en el analítico la opción que corresponda: “Alcanzó según PPI”/ “En proceso según PPI”/  “No alcanzó según PPI”.
En cuanto a las áreas o asignaturas de la currícula, en el espacio de “Condición” se consignará la opción “Proyecto pedagógico individual” (PPI). Asimismo, se pondrá nota numérica en el espacio que corresponda de acuerdo a lo pautado en el PPI. 
Cabe mencionar que aquellos estudiantes que no alcanzaran los contenidos curriculares previstos en el marco de su PPI, serán plausibles de instancias de recuperación en virtud de los marcos normativos nacionales y jurisdiccionales correspondientes.
El PPI constará con el detalle de lo que se trabaja curricularmente refiriendo tanto la relación como la distancia que se guarda con la currícula de cada año. 
Se deberán consignar dónde corresponda, los marcos normativos pertinentes a dicha certificación. A saber, la Resolución CFE N° 311/16 y la correspondiente Resolución de Validez Nacional.  
Certificación 
De acuerdo con el Sistema Federal de Títulos, los elementos a tener en cuenta para la confección del certificado de un alumno con discapacidad que cursa con PPI, son: 
1- La incorporación de un nuevo registro de “carrera”, en el que se copiará la carrera del plan de estudios base, a la que se le agregarán como espacios curriculares, en cada año, las seis capacidades (resolución de problemas, pensamiento crítico, aprender a aprender, trabajo con otros comunicación, compromiso y responsabilidad). Se sugiere expresar en el campo “descripción adicional” de la carrera, la denominación de la titulación y seguido “PPI”.
2- En la columna “calificación” consignar alguna de las tres categorías (alcanzó, en proceso, no alcanzó).
3- En la columna “condición” de aquellas asignaturas del plan de estudio base expresar la sigla PPI (proyecto pedagógico individual), sólo para los casos que correspondiera. En el resto de las asignaturas expresar la categoría de condición que corresponda (regular, libre, equivalencias o saberes adquiridos).

E.       Glosario

Accesibilidad. Medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías para la información y comunicación, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, deben aplicarse, según la Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, entre otras cosas a: 
a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo.
b) Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.
Acreditación. Refiere a la constatación de ciertas evidencias de aprendizaje. Tiene que ver con resultados muy concretos respecto a los aprendizajes más importantes que se proponen. La acreditación permite verificar si los estudiantes han cumplido con los requisitos de aprendizaje en el nivel que se considera apropiado para determinado período, curso o área de conocimiento.
Ajustes razonables. Se entenderán como “aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.”
Cabe destacar que los ajustes razonables refieren a la accesibilidad del currículum, no a los contenidos del mismo. Lo referente a los contenidos se encuentra reflejado en el PPI, como fue señalado anteriormente.
Criterios para los ajustes razonables
- Definir la temporalidad de los ajustes que se desarrollen
- Realizar una evaluación de la implementación de los ajustes.
Estos criterios para la implementación de los ajustes razonables responden directamente a la detección de barreras, en cuanto a accesibilidad y/o participación.  En relación a esto, la continuidad de los mismos estará determinada por su reevaluación periódica y sistematizada.
Apoyos específicos. Son aquellas “herramientas que hacen posible la inclusión, por ejemplo, los sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, la máquina Braille, la tecnología asistida, entre otros. De todos modos, un recurso por sí sólo no constituye un apoyo, sólo pasa a serlo cuando éste es activado por un agente (persona o grupo) con una intencionalidad o propósito educativo.”
Autodeterminación. “Es una combinación de habilidades, conocimiento y creencias que capacita a la persona para comprometerse en una conducta autónoma, autorregulada y dirigida a meta. Para la autodeterminación es esencial la comprensión de las fuerzas y limitaciones de uno, junto con la creencia de que es capaz y efectivo. Cuando actuamos sobre las bases de estas habilidades y actitudes, las personas tienen más capacidad para tomar el control de sus vidas y asumir el papel de adultos exitosos."
Autonomía. Es la capacidad para tomar decisiones y ejecutarlas. Este concepto abarca una serie de características y elementos referentes con la autogestión personal como: autoestima, actitud positiva ante la vida, el análisis correcto de las normas sociales y la autosuficiencia. Asimismo, es la capacidad o condición para desarrollar tareas de una manera independiente.
Barreras al aprendizaje y la participación. Son todos aquellos factores del contexto que dificultan o limitan el pleno acceso a la educación y las oportunidades de aprendizaje, que aparecen en relación con su interacción en los diferentes contextos: social, político, institucional, cultural y en circunstancias sociales y económicas. 
Capacidades. Se denomina capacidad al conjunto de recursos y aptitudes que tiene un individuo para desempeñar una determinada tarea. Los estudiantes pueden desarrollar capacidades y demostrarlas cuando se enfrentan con problemas y situaciones de un grado de dificultad adecuado, en contextos variables. Como ejemplos de capacidades se pueden mencionar: creatividad, comunicación, autorregulación del propio proceso de participación y aprendizaje, trabajar con otros para un fin compartido, comprensión, pensamiento crítico, uso de conceptos y teorías para entender algún aspecto de la realidad, resolución de situaciones complejas, entre otras.
Certificación. Documentación que deja constancia de las acreditaciones logradas (boletines, documentos, etc.) y el cumplimiento de requisitos para la promoción. La certificación da por cierto, asegura, las acreditaciones de los estudiantes mediante un instrumento público.
Competencia. Hace referencia a la capacidad o conjunto de capacidades que se consiguen por la movilización combinada e interrelacionada de conocimientos, habilidades, actitudes, valores, motivaciones y destrezas, además de ciertas disposiciones para aprender y saber. Indica un nivel satisfactorio de conocimientos, habilidades y actitudes, así como la capacidad para aplicarlas en una diversidad de situaciones.
Por su parte,  El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación señala que las competencias integran “conocimientos y destrezas, así  como habilidades cognitivas, operativas, organizativas, estratégicas y resolutivas que se movilizan y se orientan para resolver situaciones problemáticas reales de carácter social, laboral, comunitario y axiológico”.
Comunicación. Incluye los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso.
Los sistemas de comunicación alternativos y aumentativos son aquellas estrategias o ayudas puestas al servicio de las personas con discapacidad para establecer relaciones comunicativas; potenciar las posibilidades de autonomía y mejorar la calidad de vida.
·         Sistemas de signos manuales: lengua de señas.
·         Sistemas de signos tangibles: comunicación a través del uso de objetos.  
·         Sistema de signos gráficos: pictogramas- Braille.
·         Comunicadores: tableros, voz digitalizada y sintetizada. 
·         Tecnología de acceso: dispositivos de entrada de la información, dispositivos de salida de la información.
·         Software adaptado.
Configuraciones de Apoyo. Son las “redes, relaciones, posiciones, interacciones entre personas, grupos e instituciones que se conforman para identificar las barreras al aprendizaje y desarrollan estrategias educativas para la participación escolar y comunitaria (…) Las configuraciones deben tener un carácter flexible, complementario y contextualizado para favorecer la selección de estrategias apropiadas. Estas últimas serán documentadas formalmente en convenios y/o acuerdos interinstitucionales.”
Cultura inclusiva. Esta dimensión se relaciona con “la creación de una comunidad escolar segura, acogedora, colaboradora y estimulante, en la que cada uno sea valorado, fundamentalmente para que todos los estudiantes tengan mayores niveles de logro. Se pretende desarrollar valores inclusivos, compartidos por todos los docentes, los estudiantes, los miembros del consejo escolar y las familias, de tal forma que impliquen a todos los miembros de la comunidad escolar”
Desarrollo Integral. El desarrollo integral es un concepto que está presente en todos los principios que rigen los proyectos educativos como política universal y como enfoque pedagógico, consiste en una preparación para el ejercicio como ciudadanos, es un modelo personalizado, crítico y activo (…) es estímulo de diversas potencialidades intelectuales, físicas, éticas, estéticas; implica garantizar un proceso de desarrollo de capacidades de encuentro entre personas para ser partícipes de un proyecto colectivo y de la vida pública (…) Debe tenerse en cuenta la participación de los estudiantes y de sus familias en la toma de decisiones sobre sus trayectorias educativas propiciando la formación para una ciudadanía plena en el ejercicio de los derechos.
Discapacidad. Es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales. Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la que vive.
Tipos de discapacidad:
Discapacidad auditiva. Se define como la dificultad que presentan algunas personas para participar en actividades propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción entre una dificultad específica para percibir a través de la audición los sonidos y las barreras presentes en el contexto en el que se desenvuelve la persona.
La sordera es la “pérdida parcial o total de la audición en la que, aún con amplificación, la señal auditiva es distorsionada e incompleta”. A su vez, la persona hipoacúsica es aquélla que “posee una disminución de la audición, que mediante amplificación y/o entrenamiento auditivo responde a patrones de desenvolvimiento semejantes a los del oyente (…) Las definiciones de ‘sordo’ e ‘hipoacúsico’ cobran una mayor relevancia al momento de definir las configuraciones de apoyo necesarias para la participación de estos estudiantes en el ámbito escolar.”
Discapacidad intelectual. Se caracteriza por limitaciones significativas tanto en funcionamiento intelectual (razonamiento, planificación, solución de problemas, pensamiento abstracto, comprensión de ideas complejas, aprender con rapidez y aprender de la experiencia) como en conducta adaptativa (conceptuales, sociales y prácticas), que se han aprendido y se practican por las personas en su vida cotidiana, restringiendo la participación comunitaria y en estrecha relación con las condiciones de los diferentes contextos en que se desenvuelve la persona.
Discapacidad motora. Se define como la dificultad que presentan algunas personas para participar en actividades propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción entre una dificultad específica para manipular objetos o acceder a diferentes espacios, lugares y actividades que realizan todas las personas, y las barreras presentes en el contexto en el que se desenvuelve la persona. 
Personas que presentan alguna alteración en su aparato motor, muscular y/u óseo articular, debido a un insuficiente funcionamiento del sistema nervioso relacionado, que en grados variables limita alguna de las actividades que puede realizar el resto de las personas de su edad.
Discapacidad visual. Se define como la dificultad que presentan aquellas personas para participar en actividades propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción entre una dificultad específica relacionada con una disminución o pérdida de las funciones visuales y las barreras presentes en el contexto en el que se desenvuelve la persona. 
Es aquélla experimentada por personas que presentan dificultad, aún con ayuda óptica y no óptica para percibir la presencia de luz, forma, tamaño y color de un estímulo visual. Se diferencia en ceguera y disminución visual.
Multidiscapacidad. Presencia de dos o más discapacidades, física, sensorial y / o intelectual, en la misma persona; entendidas como una unidad en la que cada variable interactúa constituyendo un modelo único de discapacidad, presentando por lo tanto necesidades múltiples. Por esto requiere apoyos generalizados en diferentes áreas de las habilidades adaptativas y en la mayoría de las áreas del desarrollo y en consecuencia pueden tener un mayor número de barreras que impiden su plena participación con el entorno. 
Discriminación por motivos de discapacidad. Se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar y/o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con los demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables.
Diseño universal. Se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.
Educación especial. Es la modalidad del sistema educativo para asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades temporales o permanentes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. Se rige con el principio de inclusión educativa.
Educación Inclusiva. “Proceso orientado a responder a la diversidad de los estudiantes incrementando su participación y reduciendo la exclusión en y desde la educación.
Está relacionada con 3 aspectos:
Con la presencia: acceso y permanencia en la escuela y otras modalidades no formales.
La participación: currículo y actividades educativas que contemplen las necesidades de todos los estudiantes y consideren su opinión en los procesos decisionales.
Los logros: de aprendizaje establecidos por el currículo por todos los estudiantes” 

Espacios curriculares compartidos. Los espacios curriculares compartidos son modelos organizacionales alternativos que promueven la inclusión de los estudiantes con discapacidad en la escuela de nivel. Los/as estudiantes con discapacidad que no pudieran realizar todos los espacios curriculares en la escuela secundaria de nivel, deberán realizar su trayecto escolar en la escuela especial, generando la posibilidad que el/los estudiantes puedan compartir espacios curriculares en la escuela de nivel con jóvenes de su edad.
Estrategias: toda política tiene diferentes estrategias para llegar a sus objetivos. Entendemos por estrategia el conjunto de acciones planificadas sistemáticamente en el tiempo que se llevan a cabo para lograr un determinado fin o misión. Estas acciones se desarrollan en grupos que trabajan articuladamente para resolver las problemáticas planteadas.
Habilidades. Son aquellas destrezas para hacer algo, se componen de un conjunto de acciones relacionadas. No se desarrollan aisladamente, se asocian a los conocimientos y a los valores y unos a los otros se refuerzan. Se desarrollan en secuencia, las habilidades básicas deben incrementarse antes que las habilidades avanzadas. Pueden considerarse  como aptitudes o capacidades posibles de desarrollar durante la trayectoria escolar de los estudiantes, e “incluyen habilidades pueden ser analíticas, creativas, asociativas, meta cognitivas, comunicativas, tecnológicas,  organizativas, entre otras”.
Inclusión. “La inclusión implica identificar y minimizar las barreras para el aprendizaje y la participación y maximizar los recursos que apoyen ambos procesos. Las barreras se pueden encontrar en todos los aspectos y estructuras del sistema: en los centros educativos, en la comunidad, en las políticas locales y nacionales. Estas no solamente pueden impedir el acceso al centro educativo sino también limitar su participación dentro del mismo”.
En este sentido, hay que entender que la inclusión es una política educativa y que, al mismo tiempo, es una estrategia de políticas más generales, como la igualdad de oportunidades y la justicia social.
La UNESCO define la educación inclusiva en su documento conceptual como el proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación. Involucra cambios y modificaciones en contenidos, aproximaciones, estructuras y estrategias, con una visión común que incluye a todos los niños/as del rango de edad apropiado y la convicción de que es la responsabilidad del sistema regular, educar a todos los niño/as. Se basa en el principio de que cada niño/a tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje distintos y deben ser los sistemas educativos los que están diseñados, y los programas educativos puestos en marcha, teniendo en cuenta la amplia diversidad de dichas características y necesidades. Se ocupa de aportar respuestas pertinentes a toda la gama de necesidades educativas en contextos pedagógicos escolares y extraescolares.                                               
Lejos de ser un tema marginal sobre cómo se puede integrar a algunos estudiantes en la corriente educativa principal, es un método en el que se reflexiona sobre cómo transformar los sistemas educativos a fin de que respondan a la diversidad de los estudiantes. La inclusión es un principio que contribuye a mejorar las condiciones de los entornos para acoger a todos/as.
Integración. La integración escolar es una estrategia educativa que tiende a la inclusión de los/as alumnos/as con discapacidad, siempre que sea posible, en la escuela de educación común, con las configuraciones de apoyo necesarias. La integración es una (entre tantas) de las estrategias de las que se dispone en el entramado de las configuraciones de apoyo. Al mismo tiempo, por integración entendemos una variedad de estrategias diversificadas que contemplen la complejidad o especificidad de la problemática de los estudiantes.
Modelo Social de la Discapacidad. El modelo social de la discapacidad es sostenido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por el marco de las Convenciones y principios de derechos humanos. Para este modelo, la discapacidad no es un atributo de la persona, sino un conjunto de condiciones que responden a la interacción entre las características del individuo y el contexto social. En este sentido, la discapacidad es un resultado negativo de la interacción entre una condición personal (la deficiencia) y el medio (debido a sus barreras).
Personas con discapacidad. Se las define como ‘’aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con distintas barreras pueden impedir su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones con todos los demás”.  
Promoción. Es una decisión institucional, ajustada a la normativa vigente, que determina si los estudiantes están en condiciones de acceder a otros niveles, o a otros cursos o a otras instancias dentro del sistema educativo. 
Propuesta Curricular. Consiste en la adaptación del currículum oficial a la realidad de la escuela, considerando la diversidad de todos los estudiantes. Implica el análisis y la discusión de los contenidos escolares y prácticas pedagógicas por parte de todos los actores educativos. Indica qué hay que enseñar, cuándo hay que enseñar, cómo hay que enseñar, además de cómo, cuándo y qué evaluar.
Saberes. Conjunto de procedimientos y conceptos que mediados por intervenciones didácticas en el ámbito escolar permiten al sujeto individual y colectivo relacionarse, comprender y transformar el medio natural y socio cultural.
Titulación. Certificación que se obtiene con la denominación del título al completar los estudios.
Trayectoria Escolar. Hace referencia a múltiples formas de atravesar la experiencia educativa, que no implica recorridos lineales por el sistema educativo. 
La trayectoria educativa integral de los estudiantes requiere:
·         Itinerarios personalizados (desde un máximo de singularidad posible).
·         La atención de las necesidades educativas, sociales y subjetivas de los distintos momentos de la vida del estudiante.
·         La adopción de un modelo social de la discapacidad para transformar las barreras. Proponer y desarrollar los apoyos para la participación de las personas con discapacidad, apuntando al diseño universal de productos, entornos, programas y servicios, precisando las ayudas técnicas.      
·         Que el sistema educativo en su conjunto considere al alumno como sujeto con derecho a educarse.
·         Responsabilidades compartidas entre niveles y modalidades, entre escuela de educación común y escuela de educación especial, con apoyo de la modalidad; trabajo colaborativo entre los actores involucrados y complementariedad de los equipos en el sistema educativo en pos de alcanzar una educación inclusiva.
Trayectos Escolares Diversificados. Son los recorridos posibles de los sujetos, pero en el seno del Sistema Educativo deben ser articulados, acompañados e historizados. Son desarrollados en sucesivas propuestas organizadas curricularmente, diseñadas y evaluadas por los equipos escolares interdisciplinares. Ello supone el análisis de condiciones institucionales y curriculares para ofrecer a los estudiantes todas las posibilidades que brinda el Sistema Educativo de cada provincia. Asimismo, implica la articulación con otros organismos provinciales, nacionales y de la sociedad civil.

Muestra Artística 2019 - IFD Nº 6