También les compartimos el PEI 2018/2019 del Centro Educativo Nayahue ya que contiene información que consideramos útil para proyectar visitas educativas o viajes de estudio.
jueves, 31 de mayo de 2018
Resolución Nº 1256/17 del CPE (INCLUSIÓN)
Esta Resolución Provincial adhiere a los términos establecidos en la Resolución CFE Nº 311/16 y a la Resolución Nº 2509/17 del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, y corresponde a la Guía de Orientación para la aplicación de la Resolución CFE Nº 311/16, en relación a la educación de las personas con discapacidad.
martes, 29 de mayo de 2018
Resolución Nº 2509/17 Ministerio de Educación y Deportes
Ante algunas inquietudes sobre el tema INCLUSIÓN, les compartiremos diferentes materiales.
Aquí va la transcripción de la Resolución Nº 2509/17, del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación que corresponde a la Guía de Orientación para la Aplicación de la Resolución CFE Nº 311/16. Ésta y otras normativas similares las pueden ver y descargar de: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/cf_resoluciones.html
En otro post, compartiremos la Resolución Nº 1256/17 del Consejo Provincial de Educación de Nqn, que adhiere a los términos establecidos en las mencionadas con anterioridad.
Esperamos les resulte de utilidad.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución Nº 2509/17
VISTO
El Expediente Nº EX
2017-8408309-APN-DNGE#ME, la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley N° 27.044, la
Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311 de fecha 15 de diciembre de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de jerarquía constitucional en virtud de la Ley N°
27.044, en su artículo 24, establece que los Estados Partes reconocen entre
otros, los derechos de las personas con discapacidad a la educación,
comprometiéndose a asegurar un sistema de educación inclusivo a todos los
niveles.
Que el cuidado de la trayectoria escolar de
los/as estudiantes con discapacidad implica tomar decisiones con respecto a las
estrategias de enseñanza como también evaluar, acreditar, promover y certificar
los aprendizajes, teniendo en cuenta el paradigma del modelo social de la
discapacidad, las barreras que impiden el acceso al aprendizaje y la
participación, respetando el principio de no discriminación.
Que según el artículo 45 de la Ley de
Educación Nacional corresponde a este Ministerio, en acuerdo con el CONSEJO
FEDERAL DE EDUCACIÓN, crear las instancias institucionales y técnicas
necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de los/as
alumnos/as con discapacidades en todos los niveles de la enseñanza obligatoria,
así como también las normas que regirán los procesos de evaluación y
certificación escolar.
Que asimismo dicha ley reconoce el derecho
de los alumnos/as a “ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a
criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles,
modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto” (artículo
126, inciso e).
Que en ese marco la Resolución del CONSEJO
FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311/16 aprobó el documento “PROMOCIÓN, ACREDITACIÓN,
CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD”, el cual tiene
como objetivo propiciar condiciones para la inclusión escolar al interior del
sistema educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias
escolares de los/as estudiantes con discapacidad.
Que por otra parte, el “MARCO NACIONAL DE
INTEGRACIÓN DE LOS APRENDIZAJES: HACIA EL DESARROLLO DE CAPACIDADES” generado
en el año 2016 por la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, en acuerdo con las jurisdicciones plantea
el desarrollo de capacidades como prioridad de política curricular nacional.
Que asimismo, la Resolución del CONSEJO
FEDERAL DE EDUCACION N°285/16 ha aprobado el PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL
2016-2021 “ARGENTINA ENSEÑA Y APRENDE” que tiene el objetivo de mejorar los
aprendizajes para el desarrollo integral de los/as estudiantes en todos los
niveles y modalidades educativos, previendo entre sus líneas de acción el
desarrollo de capacidades.
Que en virtud de todo lo expuesto se
requiere profundizar sobre los procedimientos para la promoción, acreditación,
certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar
el documento “GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN del
CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 311 de fecha 15 de diciembre de 2016", que
como Anexo I (IF-2017-08415809-APN-DNGE#ME).
ARTÍCULO 2°.-
Comuníquese, notifíquese a los integrantes del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION y
cumplido, archívese.
ANEXO I
“Guía de orientación
para la aplicación de la Resolución CFE N°311/16”
A.
Introducción
Este documento
tiene como propósito profundizar sobre los procesos de inclusión escolar a
partir de la aprobación de la Resolución CFE N°311/16 por parte del Consejo
Federal de Educación, la cual establece los criterios de promoción,
acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad.
Con tal fin, se pretende brindar una orientación sobre la implementación de
esta normativa a la comunidad educativa en general.
Partiendo del
marco normativo nacional e internacional vigente, que promueve políticas
públicas relacionadas con la discapacidad desde el modelo social, se establece
la necesidad de profundizar la cultura escolar inclusiva en nuestro Sistema
Educativo. Por ello se ha propuesto avanzar en su conformación, garantizando
una educación para todos y cada uno de los estudiantes con discapacidad en
igualdad de condiciones con los demás: “Esta dimensión se relaciona con la
creación de una comunidad escolar segura, acogedora, colaborativa y
estimulante, en la que cada uno es valorado, lo cual es la base fundamental
primordial para que todo el alumnado tenga mayores niveles de logro.”
La promoción de
tales políticas educativas por parte del Ministerio Nacional conjuntamente con
los 24 ministerios jurisdiccionales, implica el compromiso en establecer
valores inclusivos para construir una comunidad educativa inclusiva, respetando
el derecho a una misma educación para todos. En tal proyecto, se propone el
“desarrollo de valores inclusivos, compartidos por todo el personal de la
escuela, los estudiantes, los miembros del consejo escolar y las familias, que
se transmitan a todos los nuevos miembros de la comunidad escolar. Los
principios que se derivan de esta cultura escolar son los que guían las
decisiones que se concretan en las políticas escolares de cada escuela y en su
quehacer diario, para apoyar el aprendizaje de todos a través de un proceso
continuo de innovación y desarrollo de la escuela.”
Es objetivo de
esta normativa la promoción de culturas escolares inclusivas en todas las
escuelas de nuestro Sistema Educativo, mediante la corresponsabilidad entre
niveles y la modalidad de educación especial para generar la inclusión
educativa de todos los estudiantes con discapacidad; para ello, la presente
guía promueve la conformación de herramientas e instrumentos de evaluación,
seguimiento y documentación en las trayectorias escolares de los estudiantes
con discapacidad: “Las escuelas inclusivas valoran la participación. Reciben a
todos los niños y las niñas de la comunidad y asumen el compromiso de
enseñarles a todos y todas. Escuchan a las familias y tratan de acercarse a
ellas para que participen de la vida de la escuela. El derecho a la
participación debe practicarse en una escuela que quiere construirse sobre la
base de una filosofía inclusiva. La escuela inclusiva es una escuela que
fomenta la participación.”
EJES CENTRALES
1. Modelo social de la
discapacidad. La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta
de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a
la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la
sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
2. Derecho de las personas con
discapacidad a una educación para toda la vida. Con miras a hacer efectivo
este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de
oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo
a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida.
3. Garantizar el acceso,
permanencia y egreso de las personas con discapacidad a nuestro Sistema
Educativo, “asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en
todos los niveles y modalidades”.
4. Garantizar el cuidado de la
trayectoria escolar de los estudiantes con discapacidad brindando herramientas,
saberes específicos, configuraciones de apoyo y ajustes razonables para
favorecer la inclusión, en igualdad de condiciones con los demás y sin
discriminación.
5. Profundizar la construcción
de cultura inclusiva en todos los establecimientos educativos del país, en
los diferentes niveles y modalidades. La educación inclusiva es la manera más
adecuada para garantizar la universalidad y la no discriminación en el derecho
a la educación de todas las personas. La Resolución CFE N°311/16 abre nuevos
caminos hacia la consolidación de una educación inclusiva, que garantice
equidad en las trayectorias educativas de todos los estudiantes.
B.
Conceptos
clave para la lectura de la Guía
·
Inclusión de los estudiantes con discapacidad
al Sistema Educativo. Se destaca la importancia de propiciar las
condiciones para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los
estudiantes con discapacidad, como así también la corresponsabilidad entre
niveles y modalidades. “Teniendo en cuenta que la inclusión de los alumnos con
discapacidad es responsabilidad de todo el Sistema Educativo, de cada uno de
sus Niveles y modalidades y de cada uno de los profesionales que pertenecen al
mismo, es necesario profundizar acuerdos respecto de la interpretación de los
conceptos de integración e inclusión repensándose en las prácticas escolares,
construyendo alternativas que respeten las diferencias individuales, que hagan
habitable la escuela para todos”
·
Proyecto Educativo Institucional (PEI).
El mismo debe incluir en sus ejes una mirada pedagógica que propicie
actividades de promoción de la cultura escolar inclusiva, incluyendo a todos
sus actores, asista o no a esa institución un estudiante con discapacidad.
·
Proceso de inclusión. Se establece la
necesidad de contar con un Proyecto Pedagógico Individual (PPI) para la
inclusión de los estudiantes con discapacidad.
·
Evaluación. Se plantea valorar los
saberes adquiridos, la participación con el grupo de pares, las propuestas de
enseñanza, la incidencia de las barreras institucionales, culturales y
didácticas, al acceso a la participación, la comunicación y el aprendizaje,
como así también los apoyos recibidos.
·
Promoción de un tramo a otro. Se sugiere
realizar el análisis de las distintas variables involucradas en la propuesta escolar
de la trayectoria de los estudiantes con discapacidad, tales como el contexto,
las propuestas de enseñanza, configuraciones de apoyo implementadas,
interacción entre pares, edad, entre otras.
·
Certificación del Nivel secundario. Se
plantea que el certificado lo otorga la institución en la que el estudiante
cursa su último año de estudio y brinda terminalidad de nivel, incluyendo en el
analítico las competencias, saberes, contenidos y capacidades desarrolladas en
función del PPI. El mismo habilitará al mundo del trabajo y posibilitará
definir nuevas alternativas educativas para su formación a lo largo de toda la
vida.
·
Modalidad de Educación Técnico Profesional.
En caso que el estudiante no alcance la totalidad de las capacidades
profesionales correspondientes a un título de esta Modalidad, se acreditará en su analítico la
trayectoria recorrida, siendo dicha certificación no habilitante para el
ejercicio profesional, según la responsabilidad civil que la titulación
conlleva. Esta restricción se establece en las especialidades que comprometen o
ponen en riesgo la salud y seguridad, tanto del egresado como de terceros, dado
que el título de técnico de por sí, habilita directamente a matricularse en los
Consejos profesionales y al ejercicio profesional. Dicha titulación se
enmarcará en la Resolución CFE N° 311/16.
·
Certificación Educación Integral para
Adolescentes y Jóvenes. La trayectoria escolar de los estudiantes con
discapacidad deberá ser acreditada mediante un instrumento formal de evaluación
y certificación del año/ciclo correspondiente en función del diseño y propuesta
jurisdiccional, teniendo la posibilidad de incluirse en el mundo del trabajo y
definir nuevas alternativas educativas, en articulación con otras modalidades y
niveles.
C. Proyecto Pedagógico Individual (PPI)
Criterios de construcción
La accesibilidad curricular supone analizar
las barreras al aprendizaje y todas las variables que intervienen en su
conformación, así como valorar conjuntamente sus necesidades para tomar, en
función de ellas, las decisiones más pertinentes sobre los apoyos requeridos.
Esto conformará el “Proyecto Pedagógico Individual” del estudiante que
contendrá fundamentalmente modificaciones de los entornos (en su sentido
amplio) necesarias para garantizar su accesibilidad curricular y una
descripción pormenorizada del particular modo de aprender, potencialidades y
limitaciones, intereses y expectativas, procesos evaluativos que se llevarán a
cabo, criterios que se tendrán en cuenta para la acreditación y
certificación.
Los criterios
de construcción del mismo se encuentran en el Anexo ll de la Resolución. Son
ejes prioritarios a considerar, según corresponda.
El eje principal
para tener en cuenta es la trayectoria escolar del estudiante con discapacidad
dentro del Sistema Educativo y la movilidad que esto implica cuando se tienen
en cuenta sus necesidades, buscando siempre la mejor opción en cada momento.
Para esto, es fundamental la articulación entre los niveles y la Modalidad de
Educación Especial, cuando así se requiera, como así también los aportes de la
familia y los equipos, tanto dentro como fuera del S.E. En el Proyecto se
consignarán también los acuerdos entre las instituciones partícipes, con su
familia y con el estudiante para sostener el itinerario educativo que se habrá
de realizar, considerando que la trayectoria educativa integral siempre ha de
ser trazada para y con cada estudiante. Estos acuerdos también deben ser
documentados.
Se destaca la
importancia del trabajo en articulación del docente del Nivel y del docente de
la Modalidad de Educación Especial. Este último tiene como objetivo acompañar
al estudiante en el lugar en el que esté transitando su escolaridad. En lo que respecta a clarificar los roles de
la pareja pedagógica, el docente del nivel posee el saber del área curricular
del Nivel y el docente de Educación Especial posee el saber referido a las
configuraciones de apoyo que se requieren según las particularidades del
estudiante con discapacidad, a quien está acompañando en ese determinado
momento, en cuanto a su manera de acceder al aprendizaje. En este sentido, sus
aportes deben ser complementarios.
Se señala
además que el PPI es un proyecto individual fundamentado en las
particularidades del estudiante, el cual deberá ser revisado sistemáticamente
para realizar los ajustes necesarios según las evaluaciones periódicas que se
realicen, en concordancia con el Proyecto Institucional.
D.
Certificado
analítico
Desarrollo de capacidades a incorporar en el certificado analítico para
estudiantes con PPI en escuelas secundarias
Resulta
necesario definir las capacidades a considerar en el certificado analítico de
aquellos estudiantes que realicen su trayectoria escolar con un PPI en una
escuela secundaria. Para ello se tomaron como base los aportes remitidos por
cada jurisdicción y el Documento “Marco nacional de integración de los aprendizajes:
hacia un desarrollo de capacidades” generado por la Dirección Nacional de
Coordinación Pedagógica, Secretaría de Innovación y Calidad educativa del año
2016.
Estas
capacidades serán las que se expresen en el analítico de los estudiantes que
reciban su certificación y titulación en el marco de la Resolución 311/16 CFE
y, en un futuro, es objetivo de este Ministerio propender las acciones
necesarias para que los lineamientos que figuran en este apartado, se
efectivicen en el conjunto de las trayectorias educativas de todos los/as
estudiantes del Sistema Educativo de nivel primario y secundario del país, en
el marco de las acciones que vienen desarrollando las áreas de incumbencia de
este Ministerio Nacional, en acuerdo federal.
Las mismas
permitirán valorar los saberes adquiridos, la participación junto al grupo de
pares, la comunicación y habilidades alcanzadas en la escuela secundaria, en
función del PPI. Esta trayectoria tiene como objetivo brindar al estudiante la
habilitación al mundo del trabajo, como así también la posibilidad de definir
nuevas alternativas educativas para su formación a lo largo de toda la vida.
La evaluación
de los contenidos incluidos en el PPI de los estudiantes con discapacidad que
figuren en el analítico, la llevará a cabo el/los docente/s del nivel
secundario y el docente de la modalidad, que estén a cargo de la enseñanza.
Estos, en caso de requerirlo, contarán con el apoyo y acompañamiento de los
equipos técnicos educativos así como del equipo directivo y
supervisores/inspectores.
Sobre este
punto, se considera pertinente señalar que la Resolución CFE N° 311/16
establece que el PPI se reflejará en el analítico, es decir que éste describirá
la trayectoria educativa del estudiante con discapacidad.
Las capacidades
son un conjunto de habilidades que se plantean con la finalidad de favorecer la
trayectoria educativa de los estudiantes con PPI, promoviendo su constitución
como ciudadanos a través de la inclusión.
Capacidades
Las capacidades
hacen referencia, en sentido amplio, a un conjunto de modos de pensar, actuar y
relacionarse que los estudiantes deben tener oportunidad de desarrollar
progresivamente a lo largo de su escolaridad, puesto que se consideran
relevantes para manejar las situaciones complejas de la vida cotidiana, en cada
contexto y momento particular de la vida de las personas.
A continuación,
se presenta un conjunto de capacidades consensuadas entre el Ministerio de
Educación y Deportes de la Nación y equipos de los Ministerios provinciales en
el ámbito de la Red Federal para la mejora de los aprendizajes, en preparación
de su aprobación por el Consejo Federal de Educación.
Dichas
capacidades se consolidan al interior de cada PPI de los estudiantes con
discapacidad a partir de Resolución CFE N° 311/16, generando un entramado de
estrategias, ajustes, instancias de seguimiento y evaluación sistematizadas,
entre otras.
Resolución de Problemas: es la
capacidad de enfrentar situaciones y tareas que presentan un problema o desafío
para el sujeto respecto a sus saberes y sus intereses. Implica movilizar
conocimientos disponibles, reconocer aquellos que no están disponibles pero son
necesarios y elaborar posibles soluciones, asumiendo que los problemas no
tienen siempre una respuesta fija o determinada que debe necesariamente
alcanzarse. Se vincula con la creatividad, la comprensión, el pensamiento
crítico, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la
posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en
aspectos tales como: la autodirección11, habilidades relacionadas con el uso de
software educativo y TIC, entre otras. Los mismos dependerán de las
características particulares de ese PPI para el estudiante.
Pensamiento crítico: es la capacidad de adoptar una postura propia
y fundada respecto de una problemática o situación determinada relevante a
nivel personal y/o social. Supone analizar e interpretar datos, evidencias y
argumentos, para construir juicios razonados y tomar decisiones consecuentes.
También implica valorar la diversidad, atender y respetar las posiciones de
otros, reconociendo sus argumentos. Se vincula con la comprensión, la apertura
a lo diferente, la comunicación, la creatividad, entre otros. A modo de
ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas
capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: expresar
lo que siente y piensa, expresar preferencias y necesidades, habilidades para
el desempeño laboral, compromiso y responsabilidad con lo emprendido entre
otras. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI
para el estudiante.
Aprender a aprender: es la capacidad de iniciar, organizar y
sostener el propio aprendizaje. Implica conocer y comprender las necesidades
personales de aprendizaje, formular objetivos de aprendizaje, organizar y
movilizar de manera sostenida el esfuerzo y los recursos para alcanzarlos y
evaluar el progreso hacia las metas propuestas, asumiendo los errores como
parte del proceso. Se vincula con la motivación personal, la iniciativa, la
apertura hacia lo diferente, entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto
de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI, pueden
evaluarse logros en aspectos tales como: toma de decisiones, habilidades
académicas funcionales relacionadas con los aprendizajes escolares, entre
otros. Los mismos dependerán de las características particulares de ese PPI
para el estudiante.
Trabajo con otros: es la capacidad de interactuar, relacionarse y
trabajar con otros de manera adecuada a la circunstancia y a los propósitos
comunes que se pretenden alcanzar. Implica reconocer y valorar al otro en tanto
diferente, escuchar sus ideas y compartir las propias con respeto y tolerancia.
Se vincula con la resolución de problemas, la comunicación, el compromiso, la
empatía, la apertura hacia lo diferente, entre otros. A modo de ejemplo, y al
sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas capacidades en el PPI,
pueden evaluarse logros en aspectos tales como: la relación con los pares, la
relación con otros adultos, la interacción con la comunidad, el trabajo
colaborativo, entre otros. Los mismos dependerán de las características
particulares de ese PPI para el estudiante.
Comunicación: es la capacidad de escuchar, comprender y expresar
conceptos, pensamientos, sentimientos, deseos, hechos y opiniones. Se trata de
un proceso activo, intencional y significativo que se desarrolla en un contexto
de interacción social. Supone, por un lado, la posibilidad de seleccionar,
procesar y analizar críticamente información obtenida de distintas fuentes -orales,
no verbales (gestuales, visuales) o escritas- y en variados soportes, poniendo
en relación conceptos e ideas nuevas con conocimientos previos para interpretar
un contexto o situación particular, con posibilidades de extraer conclusiones y
transferirlas a otros ámbitos. Por el otro, supone la capacidad de expresar las
propias ideas o sentimientos, y de producir información referida a hechos o
conceptos, de manera oral, no verbal o escrita, a través de diferentes medios y
soportes (digitales y analógicos tradicionales), atendiendo al propósito y a la
situación comunicativa. Se vincula con la comprensión, la apertura a lo
diferente, el trabajo con otros, el pensamiento crítico, entre otros. A modo de
ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible concreción de estas
capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos tales como: el uso
de sistemas aumentativos/alternativos; uso de tecnologías de apoyo; habilidades
comunicativas para comprender y transmitir información; entre otras. Los mismos
dependerán de las características particulares de ese PPI para el
estudiante.
Compromiso y responsabilidad: es la capacidad de comprometerse,
analizar las implicancias de las propias acciones, e intervenir de manera
responsable para contribuir al bienestar de uno mismo y de los otros. Involucra
el cuidado físico y emocional de sí mismo, y el reconocimiento de las
necesidades y posibilidades para la construcción de una experiencia vital
saludable y placentera. En relación a los otros, refiere a la responsabilidad
por el cuidado de las personas, tanto como de la comunidad, el espacio público,
el ambiente. Implica asumir a una mirada atenta y comprometida con la realidad
local y global, y con el presente y las generaciones futuras. Se vincula con la
empatía, la apertura a lo diferente, el pensamiento crítico, la comunicación,
entre otros. A modo de ejemplo, y al sólo efecto de facilitar la posible
concreción de estas capacidades en el PPI, pueden evaluarse logros en aspectos
tales como: la confianza en sí mismo, la iniciativa, la toma de decisiones,
entre otros. Los mismos dependerán de las características particulares de ese
PPI para el estudiante.
Evaluación y calificación
La evaluación y
calificación de los estudiantes que cursan con PPI, deben estar en concordancia
con el mismo.
Luego de
evaluar las capacidades anteriormente descriptas, se consignará en el analítico
la opción que corresponda: “Alcanzó según PPI”/ “En proceso según PPI”/ “No alcanzó según PPI”.
En cuanto a las
áreas o asignaturas de la currícula, en el espacio de “Condición” se consignará
la opción “Proyecto pedagógico individual” (PPI). Asimismo, se pondrá nota
numérica en el espacio que corresponda de acuerdo a lo pautado en el PPI.
Cabe mencionar
que aquellos estudiantes que no alcanzaran los contenidos curriculares
previstos en el marco de su PPI, serán plausibles de instancias de recuperación
en virtud de los marcos normativos nacionales y jurisdiccionales
correspondientes.
El PPI constará
con el detalle de lo que se trabaja curricularmente refiriendo tanto la
relación como la distancia que se guarda con la currícula de cada año.
Se deberán
consignar dónde corresponda, los marcos normativos pertinentes a dicha
certificación. A saber, la Resolución CFE N° 311/16 y la correspondiente
Resolución de Validez Nacional.
Certificación
De acuerdo con
el Sistema Federal de Títulos, los elementos a tener en cuenta para la
confección del certificado de un alumno con discapacidad que cursa con PPI,
son:
1- La incorporación de un nuevo registro de “carrera”, en el que se
copiará la carrera del plan de estudios base, a la que se le agregarán como
espacios curriculares, en cada año, las seis capacidades (resolución de
problemas, pensamiento crítico, aprender a aprender, trabajo con otros
comunicación, compromiso y responsabilidad). Se sugiere expresar en el campo
“descripción adicional” de la carrera, la denominación de la titulación y
seguido “PPI”.
2- En la columna “calificación” consignar alguna de las tres
categorías (alcanzó, en proceso, no alcanzó).
3- En la columna “condición” de aquellas asignaturas del plan de
estudio base expresar la sigla PPI (proyecto pedagógico individual), sólo para
los casos que correspondiera. En el resto de las asignaturas expresar la
categoría de condición que corresponda (regular, libre, equivalencias o saberes
adquiridos).
E. Glosario
Accesibilidad. Medidas pertinentes para asegurar el acceso de las
personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno
físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los
sistemas y las tecnologías para la información y comunicación, y a otros
servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas
urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y
eliminación de obstáculos y barreras de acceso, deben aplicarse, según la
Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad,
entre otras cosas a:
a) Los
edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e
interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo.
b) Los
servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los
servicios electrónicos y de emergencia.
Acreditación. Refiere a la constatación de ciertas evidencias de
aprendizaje. Tiene que ver con resultados muy concretos respecto a los
aprendizajes más importantes que se proponen. La acreditación permite verificar
si los estudiantes han cumplido con los requisitos de aprendizaje en el nivel
que se considera apropiado para determinado período, curso o área de
conocimiento.
Ajustes razonables. Se entenderán como “aquellas modificaciones y
adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada
o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las
personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con
las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.”
Cabe destacar que los ajustes
razonables refieren a la accesibilidad del currículum, no a los contenidos del
mismo. Lo referente a los contenidos se encuentra reflejado en el PPI, como fue
señalado anteriormente.
Criterios para los ajustes razonables
- Definir la
temporalidad de los ajustes que se desarrollen
- Realizar una
evaluación de la implementación de los ajustes.
Estos criterios para la
implementación de los ajustes razonables responden directamente a la detección
de barreras, en cuanto a accesibilidad y/o participación. En relación a esto, la continuidad de los
mismos estará determinada por su reevaluación periódica y sistematizada.
Apoyos específicos. Son aquellas “herramientas que hacen posible la
inclusión, por ejemplo, los sistemas alternativos y aumentativos de
comunicación, la máquina Braille, la tecnología asistida, entre otros. De todos
modos, un recurso por sí sólo no constituye un apoyo, sólo pasa a serlo cuando
éste es activado por un agente (persona o grupo) con una intencionalidad o
propósito educativo.”
Autodeterminación. “Es una combinación de habilidades, conocimiento
y creencias que capacita a la persona para comprometerse en una conducta
autónoma, autorregulada y dirigida a meta. Para la autodeterminación es
esencial la comprensión de las fuerzas y limitaciones de uno, junto con la
creencia de que es capaz y efectivo. Cuando actuamos sobre las bases de estas
habilidades y actitudes, las personas tienen más capacidad para tomar el
control de sus vidas y asumir el papel de adultos exitosos."
Autonomía. Es la capacidad para tomar decisiones y ejecutarlas.
Este concepto abarca una serie de características y elementos referentes con la
autogestión personal como: autoestima, actitud positiva ante la vida, el
análisis correcto de las normas sociales y la autosuficiencia. Asimismo, es la
capacidad o condición para desarrollar tareas de una manera independiente.
Barreras al aprendizaje y la participación. Son todos aquellos
factores del contexto que dificultan o limitan el pleno acceso a la educación y
las oportunidades de aprendizaje, que aparecen en relación con su interacción
en los diferentes contextos: social, político, institucional, cultural y en
circunstancias sociales y económicas.
Capacidades. Se denomina capacidad al conjunto de recursos y
aptitudes que tiene un individuo para desempeñar una determinada tarea. Los
estudiantes pueden desarrollar capacidades y demostrarlas cuando se enfrentan
con problemas y situaciones de un grado de dificultad adecuado, en contextos
variables. Como ejemplos de capacidades se pueden mencionar: creatividad,
comunicación, autorregulación del propio proceso de participación y
aprendizaje, trabajar con otros para un fin compartido, comprensión,
pensamiento crítico, uso de conceptos y teorías para entender algún aspecto de
la realidad, resolución de situaciones complejas, entre otras.
Certificación. Documentación que deja constancia de las
acreditaciones logradas (boletines, documentos, etc.) y el cumplimiento de requisitos
para la promoción. La certificación da por cierto, asegura, las acreditaciones
de los estudiantes mediante un instrumento público.
Competencia. Hace referencia a la capacidad o conjunto de
capacidades que se consiguen por la movilización combinada e interrelacionada
de conocimientos, habilidades, actitudes, valores, motivaciones y destrezas,
además de ciertas disposiciones para aprender y saber. Indica un nivel
satisfactorio de conocimientos, habilidades y actitudes, así como la capacidad
para aplicarlas en una diversidad de situaciones.
Por su parte, El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación señala que las competencias integran “conocimientos y
destrezas, así como habilidades
cognitivas, operativas, organizativas, estratégicas y resolutivas que se
movilizan y se orientan para resolver situaciones problemáticas reales de
carácter social, laboral, comunitario y axiológico”.
Comunicación. Incluye los lenguajes, la visualización de textos, el
Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de
fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, lenguaje
sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos
aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la
información y las comunicaciones de fácil acceso.
Los sistemas de comunicación
alternativos y aumentativos son aquellas estrategias o ayudas puestas al
servicio de las personas con discapacidad para establecer relaciones
comunicativas; potenciar las posibilidades de autonomía y mejorar la calidad de
vida.
·
Sistemas de signos manuales: lengua de señas.
·
Sistemas de signos tangibles: comunicación a través
del uso de objetos.
·
Sistema de signos gráficos: pictogramas-
Braille.
·
Comunicadores: tableros, voz digitalizada y
sintetizada.
·
Tecnología de acceso: dispositivos de entrada de
la información, dispositivos de salida de la información.
·
Software adaptado.
Configuraciones de Apoyo. Son las “redes, relaciones, posiciones,
interacciones entre personas, grupos e instituciones que se conforman para
identificar las barreras al aprendizaje y desarrollan estrategias educativas
para la participación escolar y comunitaria (…) Las configuraciones deben tener
un carácter flexible, complementario y contextualizado para favorecer la
selección de estrategias apropiadas. Estas últimas serán documentadas
formalmente en convenios y/o acuerdos interinstitucionales.”
Cultura inclusiva. Esta dimensión se relaciona con “la creación de
una comunidad escolar segura, acogedora, colaboradora y estimulante, en la que
cada uno sea valorado, fundamentalmente para que todos los estudiantes tengan
mayores niveles de logro. Se pretende desarrollar valores inclusivos,
compartidos por todos los docentes, los estudiantes, los miembros del consejo
escolar y las familias, de tal forma que impliquen a todos los miembros de la
comunidad escolar”
Desarrollo Integral. El desarrollo integral es un concepto que está
presente en todos los principios que rigen los proyectos educativos como
política universal y como enfoque pedagógico, consiste en una preparación para
el ejercicio como ciudadanos, es un modelo personalizado, crítico y activo (…)
es estímulo de diversas potencialidades intelectuales, físicas, éticas,
estéticas; implica garantizar un proceso de desarrollo de capacidades de
encuentro entre personas para ser partícipes de un proyecto colectivo y de la
vida pública (…) Debe tenerse en cuenta la participación de los estudiantes y
de sus familias en la toma de decisiones sobre sus trayectorias educativas
propiciando la formación para una ciudadanía plena en el ejercicio de los
derechos.
Discapacidad. Es un término general que abarca las deficiencias,
las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las
deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las
limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas,
y las restricciones de la participación son problemas para participar en
situaciones vitales. Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo
que refleja una interacción entre las características del organismo humano y
las características de la sociedad en la que vive.
Tipos de discapacidad:
Discapacidad auditiva. Se define como
la dificultad que presentan algunas personas para participar en actividades
propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción
entre una dificultad específica para percibir a través de la audición los
sonidos y las barreras presentes en el contexto en el que se desenvuelve la
persona.
La sordera es
la “pérdida parcial o total de la audición en la que, aún con amplificación, la
señal auditiva es distorsionada e incompleta”. A su vez, la persona hipoacúsica
es aquélla que “posee una disminución de la audición, que mediante
amplificación y/o entrenamiento auditivo responde a patrones de
desenvolvimiento semejantes a los del oyente (…) Las definiciones de ‘sordo’ e
‘hipoacúsico’ cobran una mayor relevancia al momento de definir las
configuraciones de apoyo necesarias para la participación de estos estudiantes
en el ámbito escolar.”
Discapacidad intelectual. Se
caracteriza por limitaciones significativas tanto en funcionamiento intelectual
(razonamiento, planificación, solución de problemas, pensamiento abstracto,
comprensión de ideas complejas, aprender con rapidez y aprender de la
experiencia) como en conducta adaptativa (conceptuales, sociales y prácticas),
que se han aprendido y se practican por las personas en su vida cotidiana,
restringiendo la participación comunitaria y en estrecha relación con las
condiciones de los diferentes contextos en que se desenvuelve la persona.
Discapacidad motora. Se define como la
dificultad que presentan algunas personas para participar en actividades
propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción
entre una dificultad específica para manipular objetos o acceder a diferentes
espacios, lugares y actividades que realizan todas las personas, y las barreras
presentes en el contexto en el que se desenvuelve la persona.
Personas que
presentan alguna alteración en su aparato motor, muscular y/u óseo articular,
debido a un insuficiente funcionamiento del sistema nervioso relacionado, que
en grados variables limita alguna de las actividades que puede realizar el
resto de las personas de su edad.
Discapacidad visual. Se define como la
dificultad que presentan aquellas personas para participar en actividades
propias de la vida cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción
entre una dificultad específica relacionada con una disminución o pérdida de
las funciones visuales y las barreras presentes en el contexto en el que se
desenvuelve la persona.
Es aquélla
experimentada por personas que presentan dificultad, aún con ayuda óptica y no
óptica para percibir la presencia de luz, forma, tamaño y color de un estímulo
visual. Se diferencia en ceguera y disminución visual.
Multidiscapacidad. Presencia de dos o
más discapacidades, física, sensorial y / o intelectual, en la misma persona;
entendidas como una unidad en la que cada variable interactúa constituyendo un
modelo único de discapacidad, presentando por lo tanto necesidades múltiples.
Por esto requiere apoyos generalizados en diferentes áreas de las habilidades
adaptativas y en la mayoría de las áreas del desarrollo y en consecuencia
pueden tener un mayor número de barreras que impiden su plena participación con
el entorno.
Discriminación por motivos de discapacidad. Se entenderá cualquier
distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el
propósito o el efecto de obstaculizar y/o dejar sin efecto el reconocimiento,
goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con los demás, de todos los
derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico,
social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de
discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables.
Diseño universal. Se entenderá el diseño de productos, entornos,
programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor
medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño
universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas
con discapacidad, cuando se necesiten.
Educación especial. Es la modalidad del sistema educativo para
asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades
temporales o permanentes en todos los niveles y modalidades del Sistema
Educativo. Se rige con el principio de inclusión educativa.
Educación Inclusiva. “Proceso orientado a responder a la diversidad
de los estudiantes incrementando su participación y reduciendo la exclusión en
y desde la educación.
Está
relacionada con 3 aspectos:
Con la presencia: acceso y permanencia en la
escuela y otras modalidades no formales.
La participación: currículo y actividades
educativas que contemplen las necesidades de todos los estudiantes y consideren
su opinión en los procesos decisionales.
Los logros: de aprendizaje establecidos
por el currículo por todos los estudiantes”
Espacios curriculares compartidos. Los espacios curriculares
compartidos son modelos organizacionales alternativos que promueven la
inclusión de los estudiantes con discapacidad en la escuela de nivel. Los/as
estudiantes con discapacidad que no pudieran realizar todos los espacios
curriculares en la escuela secundaria de nivel, deberán realizar su trayecto escolar
en la escuela especial, generando la posibilidad que el/los estudiantes puedan
compartir espacios curriculares en la escuela de nivel con jóvenes de su edad.
Estrategias: toda política tiene diferentes estrategias para llegar
a sus objetivos. Entendemos por estrategia el conjunto de acciones planificadas
sistemáticamente en el tiempo que se llevan a cabo para lograr un determinado
fin o misión. Estas acciones se desarrollan en grupos que trabajan
articuladamente para resolver las problemáticas planteadas.
Habilidades. Son aquellas destrezas para hacer algo, se componen de
un conjunto de acciones relacionadas. No se desarrollan aisladamente, se
asocian a los conocimientos y a los valores y unos a los otros se refuerzan. Se
desarrollan en secuencia, las habilidades básicas deben incrementarse antes que
las habilidades avanzadas. Pueden considerarse
como aptitudes o capacidades posibles de desarrollar durante la
trayectoria escolar de los estudiantes, e “incluyen habilidades pueden ser
analíticas, creativas, asociativas, meta cognitivas, comunicativas,
tecnológicas, organizativas, entre
otras”.
Inclusión. “La inclusión implica identificar y minimizar las
barreras para el aprendizaje y la participación y maximizar los recursos que
apoyen ambos procesos. Las barreras se pueden encontrar en todos los aspectos y
estructuras del sistema: en los centros educativos, en la comunidad, en las
políticas locales y nacionales. Estas no solamente pueden impedir el acceso al
centro educativo sino también limitar su participación dentro del mismo”.
En este sentido, hay que entender
que la inclusión es una política educativa y que, al mismo tiempo, es una
estrategia de políticas más generales, como la igualdad de oportunidades y la
justicia social.
La UNESCO define la educación
inclusiva en su documento conceptual como el proceso de identificar y responder
a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la
mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y
reduciendo la exclusión en la educación. Involucra cambios y modificaciones en
contenidos, aproximaciones, estructuras y estrategias, con una visión común que
incluye a todos los niños/as del rango de edad apropiado y la convicción de que
es la responsabilidad del sistema regular, educar a todos los niño/as. Se basa
en el principio de que cada niño/a tiene características, intereses,
capacidades y necesidades de aprendizaje distintos y deben ser los sistemas
educativos los que están diseñados, y los programas educativos puestos en
marcha, teniendo en cuenta la amplia diversidad de dichas características y
necesidades. Se ocupa de aportar respuestas pertinentes a toda la gama de
necesidades educativas en contextos pedagógicos escolares y extraescolares.
Lejos de ser un tema marginal
sobre cómo se puede integrar a algunos estudiantes en la corriente educativa
principal, es un método en el que se reflexiona sobre cómo transformar los
sistemas educativos a fin de que respondan a la diversidad de los estudiantes.
La inclusión es un principio que contribuye a mejorar las condiciones de los
entornos para acoger a todos/as.
Integración. La integración escolar es una estrategia educativa que
tiende a la inclusión de los/as alumnos/as con discapacidad, siempre que sea
posible, en la escuela de educación común, con las configuraciones de apoyo
necesarias. La integración es una (entre tantas) de las estrategias de las que
se dispone en el entramado de las configuraciones de apoyo. Al mismo tiempo,
por integración entendemos una variedad de estrategias diversificadas que
contemplen la complejidad o especificidad de la problemática de los
estudiantes.
Modelo Social de la Discapacidad. El modelo social de la
discapacidad es sostenido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por
el marco de las Convenciones y principios de derechos humanos. Para este
modelo, la discapacidad no es un atributo de la persona, sino un conjunto de
condiciones que responden a la interacción entre las características del
individuo y el contexto social. En este sentido, la discapacidad es un
resultado negativo de la interacción entre una condición personal (la
deficiencia) y el medio (debido a sus barreras).
Personas con discapacidad. Se las define como ‘’aquellas que tengan
deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que,
al interactuar con distintas barreras pueden impedir su participación plena y
efectiva en igualdad de condiciones con todos los demás”.
Promoción. Es una decisión institucional, ajustada a la normativa
vigente, que determina si los estudiantes están en condiciones de acceder a
otros niveles, o a otros cursos o a otras instancias dentro del sistema
educativo.
Propuesta Curricular. Consiste en la adaptación del currículum
oficial a la realidad de la escuela, considerando la diversidad de todos los
estudiantes. Implica el análisis y la discusión de los contenidos escolares y
prácticas pedagógicas por parte de todos los actores educativos. Indica qué hay
que enseñar, cuándo hay que enseñar, cómo hay que enseñar, además de cómo,
cuándo y qué evaluar.
Saberes. Conjunto de procedimientos y conceptos que mediados por
intervenciones didácticas en el ámbito escolar permiten al sujeto individual y
colectivo relacionarse, comprender y transformar el medio natural y socio
cultural.
Titulación. Certificación que se obtiene con la denominación del
título al completar los estudios.
Trayectoria Escolar. Hace referencia a múltiples formas de
atravesar la experiencia educativa, que no implica recorridos lineales por el
sistema educativo.
La trayectoria educativa integral
de los estudiantes requiere:
·
Itinerarios personalizados (desde un máximo de
singularidad posible).
·
La atención de las necesidades educativas,
sociales y subjetivas de los distintos momentos de la vida del estudiante.
·
La adopción de un modelo social de la
discapacidad para transformar las barreras. Proponer y desarrollar los apoyos
para la participación de las personas con discapacidad, apuntando al diseño
universal de productos, entornos, programas y servicios, precisando las ayudas
técnicas.
·
Que el sistema educativo en su conjunto
considere al alumno como sujeto con derecho a educarse.
·
Responsabilidades compartidas entre niveles y
modalidades, entre escuela de educación común y escuela de educación especial,
con apoyo de la modalidad; trabajo colaborativo entre los actores involucrados
y complementariedad de los equipos en el sistema educativo en pos de alcanzar
una educación inclusiva.
Trayectos Escolares Diversificados. Son los recorridos posibles de
los sujetos, pero en el seno del Sistema Educativo deben ser articulados,
acompañados e historizados. Son desarrollados en sucesivas propuestas
organizadas curricularmente, diseñadas y evaluadas por los equipos escolares
interdisciplinares. Ello supone el análisis de condiciones institucionales y
curriculares para ofrecer a los estudiantes todas las posibilidades que brinda
el Sistema Educativo de cada provincia. Asimismo, implica la articulación con
otros organismos provinciales, nacionales y de la sociedad civil.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
-
Ante algunas inquietudes sobre el tema INCLUSIÓN, les compartiremos diferentes materiales. Aquí va la transcripción de la Resolución Nº...
-
Esta Resolución Provincial adhiere a los términos establecidos en la Resolución CFE Nº 311/16 y a la Resolución Nº 2509/17 del Ministerio d...
-
Compartimos información de la Dirección Provincial de Educación Secundaria del CPE, sobre la disponibilidad de horas institucionales pa...